¿Estás pensando en comprar un coche eléctrico? Te contamos todas las ayudas que dispones para adquirirlo y para instalar un punto de carga.
Si estás pensando en comprarte un vehículo eléctrico (y si no también) es el momento para hacerlo. Sin duda, nunca antes se había adoptado un paquete de medidas tan amplio para la adquisición de un coche de bajas o cero emisiones. Las ayudas no son sólo para la compra de un coche eléctrico -además de otros tipos de vehículos-, sino que además subvencionan la instalación de puntos de recarga. En definitiva, todo lo que se necesita para convertirse a la electromovilidad.
¿Por qué un vehículo eléctrico en casa?
Además de las ayudas a la adquisición de vehículos eléctricos y la infraestructura asociada, existen otras motivaciones a la adquisición de un coche de estas características:
- La motivación medioambiental o el compromiso con la sostenibilidad ambiental
- Las sensaciones que provoca un vehículo eléctrico (par, potencia y aceleración)
- Las medidas incentivadoras que promueven los Ayuntamientos y las diversas administraciones públicas a escala provincial, regional y estatal.
Entre muchas otras, las medidas que la Administración está llevando a cabo para potenciar la electromovilidad, hacen que la adquisición de un coche eléctrico en este momento sea una auténtica oportunidad. No vamos a entrar a enumerarlas (puesto que existe un paquete de más de 10 poderosas medidas para hacerlo), pero sí diremos que la mayoría se centra en: ventajas fiscales, privilegios para los propietarios de VE a la hora de circular y la posibilidad de recargar de forma gratuita o a un muy bajo coste.
Las ayudas
Pero ahora nos centraremos en la oportunidad que supone todo ese paquete de acciones y ayudas que está motivando el Gobierno y, especialmente, el Gobierno de España.
Algunos de los titulares más recientes que pueden leerse: “El Gobierno aprueba el Plan MOVES III, que repartirá 400 millones de euros ampliables a 800 en ayudas directas para la movilidad sostenible” o la publicación de un nuevo PERTE (Plan Especial para la Recuperación y Transformación Económica), dentro de “España Puede” o el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia del Gobierno de España, promovido por el Programa “Next Generation Europe” de la Unión Europea. El PERTE para el desarrollo del vehículo eléctrico y conectado, permitirá crear un ecosistema sólido para el desarrollo del VE (prevé una inversión total de más de 24.000 millones de euros en el periodo 2021-2023, con una contribución del sector público de 4.300 millones de euros y una inversión privada de 19.700 millones de euros).
Toda una serie de nomenclaturas y administraciones que se resumen en: una apuesta firme por la electromovilidad, un mejor escenario para el desarrollo de la infraestructura y tecnologías de la movilidad eléctrica y, en definitiva, una situación inmejorable para apostar por este tipo de movilidad.
¿Cuánto puedo ahorrarme?
Esta coyuntura trae ayudas específicas para financiar la compra de vehículos eléctricos e híbridos enchufables como turismos, furgonetas o motos, así como la adquisición e instalación de infraestructuras de recarga de acceso público y de uso privado. En cuanto a las cuantías, se incrementan en el caso de que el nuevo vehículo sustituya a uno con más de 7 años de antigüedad y subvenciona con hasta 9.000 euros la compra de furgonetas eléctricas y con hasta 7.000 la adquisición de vehículos eléctricos.
Además, existen condiciones particulares para ciertos colectivos como: un refuerzo del 10% para autónomos que compren un taxi o presten servicio de VTC, empadronados en municipios de menos de 5.000 habitantes o personas con movilidad reducida que necesiten adaptar su vehículo.
Estas ayudas se continuarán previsiblemente, al menos, hasta finales de 2023. Pero además no sólo se centran en la compra de nuevos vehículos (y la renovación del parque móvil), sino que conllevan actuaciones en el transporte público, el fomento de una movilidad no motorizada y la potenciación de zonas de bajas emisiones, todo bajo el mismo prisma, el de la sostenibilidad.
¿Y también cubre el punto de recarga?
La otra parte imprescindible para la renovación del parque de vehículos hacia un modelo más sostenible, es la necesidad de tener un punto de recarga. En este sentido, las ayudas también se centran en el impulso a la implantación de una infraestructura que permita el desarrollo de la movilidad eléctrica. El desarrollo de la infraestructura de recarga podemos concretarlo en dos escalas: a nivel público (para flotas públicas y/o de acceso público para ciudadanos), a nivel privado (en empresas y los puntos de recarga de los usuarios). Centrémonos en los segundos, los que más interesan a la ciudadanía. Pues bien, en esta línea, el Plan MOVES III también mejora las ayudas a la instalación de infraestructuras de recarga para particulares, comunidades de propietarios, autónomos y PYMES.
Independientemente de cuál sea el modo de carga, el tipo de cargador o la velocidad, encontraremos una ayuda (con límites, en función de la cuantía final). Las ayudas cubren el 70 % para autónomos, particulares, comunidades de propietarios y entidades locales del coste de la instalación de infraestructuras de recarga de vehículos eléctricos o de las actuaciones de preinstalación de recarga en comunidades de propietarios. Por ejemplo, los particulares pueden beneficiarse de hasta 5.000 euros por instalación.
Además, si esta actuación se realiza en municipios de menos de 5.000 habitantes, recibirán un refuerzo del 10% adicional, alcanzando una subvención del 80% del coste.
Por si fuera poco, por último, existe un descuento más: al menos 1.000 € por parte del fabricante, importador o punto de venta para la adquisición de turismos o furgonetas. ¿Qué más puedes pedir?
¿Necesitas saber más cosas? Espera a nuestro próximo artículo para terminar de convencerte que la movilidad eléctrica ha llegado para quedarse.
Puntos de recarga subvencionables
- Punto de recarga convencional: Con potencia igual o superior a 7 kW, e inferior a 15 kW.
- Punto de recarga semi-rápida: Potencia igual o superior a 15 kW, e inferior a 40 kW. (tanto para corriente alterna como continua).
En corriente alterna con al menos un conector por punto Tipo 2 y en corriente continua un conector CCS (Combo)
- Punto de recarga rápida y ultra rápida: Para potencia igual o superior a 40 kW.
Podrá estar dotado simultáneamente de los siguientes conectores según se define en el estándar IEC 62196: CCS (Combo), CHAdeMO y corriente alterna, siendo únicamente obligatorio el disponer del estándar europeo.
¿Cuál es el procedimiento para la obtención de las ayudas?
- Se solicita la subvención con el presupuesto (no hace falta solicitar la ayuda antes de instalar)
- Instalación del punto de recarga
- Subsanación de la documentación (si fuera el caso)
- Concesión de la ayuda
- Justificación de la subvención
- Subsanación de la justificación (si fuera el caso)
- Pago de la ayuda (máximo 12 meses)
Pablo Rodríguez. Socio Consultor de GEOCyL. He desarrollado proyectos relacionados con el VE y movilidad sostenible, como Mi Ciudad Inteligente, Planes Directores de Movilidad Eléctrica, Moveletur …